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Políticas y Procedimiento de Eliminación del Registro de Proveedores

 

 

 

Propósito

 

El propósito de este procedimiento es proveer guía e instrucciones al personal de Autoridad Pública para remover a un Proveedor del Registro.

 

Política

 

La Autoridad Pública tiene el derecho de eliminar a un Proveedor del Registro. En ningún momento la Autoridad Pública negará el derecho de un Proveedor a ser contratado por un Beneficiario, ni el derecho de un Beneficiario a emplear a un Proveedor. El Registro es una lista de referencias privilegiada y opcional.


La Autoridad Pública está comprometida a brindar un excelente servicio. La Autoridad Pública se reserva el derecho de desarrollar y hacer cumplir normas y reglamentos razonables relacionados con la conducta de los Proveedores incluidos en el Registro. La Autoridad Pública es una agencia con obligación de reportar y debe informar cualquier sospecha de abuso a los Servicios de Protección para Adultos (APS), los Servicios de Protección Infantil (CPS) y/o a las autoridades policiales. En las decisiones relacionadas con la eliminación del Registro, el Registro considerará dos niveles de faltas: menores y mayores.

 

Ofensas Menores​:

La Autoridad Pública removerá a un Proveedor del Registro después de recibir dos (2) quejas por faltas menores que hayan sido reportadas por una o más fuentes dentro de un período de un año y que hayan sido consideradas válidas por el personal de la Autoridad Pública. A continuación, se presenta una lista de causas para dicha acción. La eliminación de un Proveedor del Registro también podrá realizarse por razones distintas a las mencionadas a continuación:

​

  • No presentarse a entrevistas programadas sin previo aviso.

  • Llegar tarde al trabajo o ausentarse sin una causa justificada.

  • Mostrar un comportamiento descortés, grosero o inapropiado hacia un Beneficiario, el representante del Beneficiario, otros miembros del hogar o hacia el personal de Autoridad Pública.

  • Negarse a realizar tareas autorizadas.

  • Referir o permitir que otros proveedores (registrados o no registrados) trabajen en su lugar (subcontratación).

  • Desempeño laboral inadecuado.

  • No devolver las llamadas telefónicas relacionadas con IHSS del Beneficiario dentro de un plazo de 24 horas.

  • Renunciar a una asignación del Registro sin aviso previo de dos semanas o sin causa justificada.

  • Llevar familiares (incluyendo niños), amigos o mascotas al hogar del Beneficiario.

  • Pedir y/o tomar prestado dinero, propiedades o artículos del Beneficiario.

  • No actualizar la información con Autoridad Pública de manera mensual.

 

Ofensas Mayores:

Debido a la gravedad de una falta mayor, una (1) queja válida de esta naturaleza resultará en la eliminación del Proveedor del Registro. Como reporteros obligatorios, algunas faltas requieren que el
Revised 10/2025
personal del Registro presente un informe ante APS, CPS, y/o las autoridades policiales. Ejemplos de ofensas mayores incluyen, pero no están limitadas a:

​

  • Actividad fraudulenta de cualquier tipo, incluyendo hojas de tiempo.

  • Cometer cualquier tipo de abuso (negligencia, abuso financiero, físico, verbal, emocional, psicológico, sexual o abandono).

  • Robo.

  • Negligencia hacia un Beneficiario.

  • Mentir o proporcionar información falsa relacionada con las tareas del trabajo.

  • Divulgación no autorizada de información confidencial.

  • Estar intoxicado o bajo la influencia, o en posesión de cualquier sustancia ilegal; o trabajar mientras se experimenta un deterioro físico y/o cognitivo grave debido a efectos secundarios de medicamentos que pongan en riesgo la seguridad y el bienestar del Beneficiario.

  • Pedir al Beneficiario que complemente el salario permitido por IHSS.

  • Ausentarse o abandonar el trabajo sin previo aviso.

  • Posesión de un arma de fuego u otra arma peligrosa mientras se está de servicio.

  • Condena por un delito que indique ineptitud para el trabajo.

  • Poner intencionalmente al Beneficiario en peligro.

  • Alegaciones confirmadas como resultado de una investigación de APS o CPS.

 

Tenga en cuenta que, para ciertos delitos cometidos, el personal del Registro puede informar o aconsejar al Beneficiario que se comunique con la policía local o los Servicios de Protección para Adultos, o ambos, si el Beneficiario se siente en peligro o cree que se ha violado la ley.

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